¿QUE DEBO HACER SI ME RETIENEN DINERO DE MI CUENTA EN EL BANCO POR UNA DEUDA AL IESS O JUICIO COACTIVO ?

"ES HORA DE APRENDER DERECHO" TE TRAE INFORMACION PRACTICA MUY IMPORTANTE

 

Acontinuacion te enseñare lo que debes hacer si el dinero de tus cuentas bancarias a sido retenido por orden del IESS debido a deudas que mantienes con el, mismo, cabe señalar que va dirijido a EMPLEADORES, ya que estas deudas se generan por el incumplimiento del pago de sus obligaciones laborales o cuando una persona misma se a afiliado en calidad de patrono pero a olbidado hacer la salida.

Lo primero que debes hacer al momento de enterarte que te han retenido tu dinero del banco, cooperativa de ahorro y crédito, no puedes vender un bien inmueble -por prohibición de enajenar- o has recibido en tu correo electrónico un AUTO DE PAGO -documento en el cual se te señala que debes cierta cantidad de dinero al IESS-. 


Si este es tu caso, aquí te indico lo que debes hacer:

1.- Acude directamente al IESS de la ciudad en la que te encuentres porque así podrás enterarte cuantos títulos de crédito en total debes, si tienes glosas pendientes e incluso si no recuerdas tu clave patronal si la has perdido podrás obtenerla obtenerla nuevamente ya que será importante para el tramite que debes realizar. 

2.- Una vez que en el IESS te han indicado todos los títulos de crédito que debes y con que abogados tienes los juicios coactivos iniciados, podrás dirigirte al abogado con el que se encuentra tu juicio.

3.- Una vez ahí, el abogad@ te señalara que tienes 2 opciones, la primera será cancelar todo lo que debes, en dependencia del numero de juicios que tienes y cabe señalar que esta primera opción será la mas recomendable porque de esa manera evitas que se te siga generando intereses y moras adicionales que suben mensualmente, sin embargo la segunda opción es realizar un acuerdo con el abogado en el cual te comprometes a pagar los títulos de crédito que debes uno por uno o según la oportunidad que tengas.

4.- Una vez cancelados los juicios se levantaran las medidas cautelares impuestas en tu contra -retenciones de dinero de cuentas, prohibición de enajenar, etc.- de tal manera que podrás disponer de tu dinero en el termino de 48h en caso de que necesites de manera urgente el dinero, el abogado te emitirá un oficio para el banco o si no necesitas el dinero de manera urgente se oficiara a la SUPER INTENDENCIA de BANCOS O DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA para que se levanten las medidas cautelares lo cual durara mas o menos 15 días.

5.- En caso de que prefieras pagar lo que debes con el dinero que te han retenido en el banco tendrás que indicarle al abogado el cual te hará firmar la citación en persona y procederá con el tramite para el embargo del dinero de tu cuenta. 

6.- Finalmente en el ultimo de los casos, si no cuentas con dinero para pagar, el abogado lo que hará es proceder con el juicio coactivo para poder embargar los bienes inmuebles que tengas y así poder recuperar ese dinero.


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Comentarios

  1. Gracias me a sido de mucha ayuda.

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  2. GRACIAS POR LA INFORMACION, JUSTO AHORA MI MAMI SE ENCUENTRA EN ESE PROBLEMA.

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